*La Sala aprobó por cuatro votos el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, que planteaba amparar a Juana Hilda por considerar que el Estado no logró demostrar las “confesiones” de Juana Hilda en 2006 y por condenarla a 78 años de prisión
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata libertad de Juana Hilda González Lomelí, sentenciada a 78 años de cárcel por el secuestro y asesinato de Hugo Alberto Wallace Miranda.
Este miércoles, la Sala aprobó por cuatro votos el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, que planteaba amparar a Juana Hilda por considerar que el Estado no logró demostrar que las “confesiones” de Juana Hilda en 2006 fueron obtenidas respetando su derecho absoluto a no ser sometida a tortura, por lo que esa y otras pruebas deben invalidarse y ella tiene que recuperar su libertad.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo votó en contra.
“Tomando en consideración que en este asunto se está ordenando la inmediata y absoluta libertad de la quejosa, se instruye a la Secretaría de Acuerdos para que, por los medios más eficaces y expeditos se notifique esta determinación a la autoridad penitenciaria correspondiente”, indicó Loretta Ortiz, presidenta de la Primera Sala.
¿Qué pasó con Juana Hilda, sentenciada por secuestro y asesinato de hijo de Isabel Miranda de Wallace?
Juana Hilda ha estado 19 años y 5 meses privada de su libertad por este caso y actualmente se encuentra en la cárcel femenil federal de Morelos.
Había sido sentenciada por secuestro, delincuencia organizada y portación de armas de fuego y cartuchos de uso exclusivo del Ejército.
“Esta Primera Sala considera que, en el caso, los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público no son suficientes para demostrar la participación de Juana Hilda González Lomelí en el secuestro de Hugo Alberto Wallace Miranda…
“Esto es así, pues la acusación en su contra no se sostiene sin las declaraciones que Juana Hilda rindió ante el Ministerio Público, cuando se encontraba en un centro de arraigo, antes de ser puesta a disposición del juez, y no hay elementos suficientes para concluir que esas “confesiones” fueron emitidas de manera libre y voluntaria, y no bajo tortura psicológica, coacción e intimidación, por lo que no pueden ser tomadas en consideración”, indica el proyecto de sentencia.
En un comunicado, el Instituto Federal de Defensoría Pública, que lleva la defensa de Juana Hilda, señaló que esta resolución debe tener efectos inmediatos en los casos de los coprocesados: César Freyre Morales; Albert y Tony Castillo, cuyos juicios de amparo estaban suspendidos en espera de la decisión de la Corte, así como de Brenda Quevedo y Jacobo Tagle, que continúan bajo proceso penal.
“En todos estos casos, la acusación se basa en las mismas pruebas que la SCJN declaró nulas, por lo que deberán excluirse de forma inmediata”, señaló el IFDP.